Asegura PROFEPA cachorro de tigre blanco y oso negro que sufrían condiciones de maltrato en NL
Redacción/Vale por México
En acciones por separado, atiende denuncias contra particulares que mantenían en traspatio y en jaula improvisada a dichos ejemplares de vida silvestre.
El felino de 5 meses fue recuperado de una casa-habitación en el municipio de Guadalupe, mientras que el plantígrado se rescató de un rancho en Sabinas Hidalgo.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró un cachorro de Tigre blanco (Panthera tigris) en una casa-habitación del municipio de Guadalupe, así como un Oso negro (Ursus americanus eremicus) en el municipio de Sabinas Hidalgo, que sufrían condiciones de trato indigno de los particulares responsables.
En el primer caso, inspectores de la Delegación de la PROFEPA en el estado de Nuevo León atendieron una denuncia por parte de personal de Protección Civil de Guadalupe, para rescatar a un felino hembra de aproximadamente 5 meses de edad, la cual se encontraba en el patio trasero de la propiedad.
El particular a cargo del felino indicó que dicho ejemplar de vida silvestre fue adquirido en una tienda de mascotas en el Estado de Puebla, comprobando tal situación al exhibir una factura que ampara la legal procedencia del ejemplar.
Sin embargo, inspectores de la PROFEPA aseguraron precautoriamente al tigre por no contar con el Plan de Manejo autorizado por la SEMARNAT y por faltas al trato digno y respetuoso, debido a que el lugar en donde se le mantenía en cautiverio no es el idóneo para el bienestar del animal.
Asimismo, consideraron que la ubicación del mismo representa un riesgo para la comunidad y para el propio felino, dado que no cuenta con las condiciones de seguridad requeridas. Tampoco presentó autorización alguna de la autoridad ambiental estatal competente para tener al felino en dicho domicilio.
El ejemplar fue trasladado a las instalaciones del Zoológico Parque La Pastora, en donde se le proporcionará la atención médica y alimento adecuados.
Por lo anterior, se instaurará procedimiento administrativo en contra del visitado, para que manifieste lo que a su derecho corresponda e interponga las pruebas que considere convenientes.
Asimismo, y de acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), esta acción puede ser sancionada con el decomiso definitivo del ejemplar, así como con una multa de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización.
En una segunda acción, la PROFEPA aseguró un ejemplar de Oso negro (Ursus americanus eremicus), el cual se encontraba en cautiverio en un Rancho ubicado en el Ejido San Pedro de la Piedra, en el municipio de Sabinas Hidalgo, Nuevo León.
Luego de recibir una denuncia ciudadana informando de la situación del úrsido, inspectores de la PROFEPA constataron la presencia del ejemplar dentro de una jaula improvisada construida a base de alambre con dimensiones de 1 metro de altura, 4 metros de largo y 1.2 metros de ancho.
Se trata de un ejemplar hembra de aproximadamente dos años de edad, el cual presentaba evidentes faltas al trato digno y respetuoso, debido a que el lugar en donde se le mantenía en cautiverio no era el adecuado.
Se informó que el dueño del rancho atrapó al ejemplar cuando era apenas un osezno y tenía con ella dos años. Al extraerlo de su hábitat, la persona en cuestión no contaba con las autorizaciones correspondientes, por lo que el úrsido le fue asegurado y quedó bajo resguardo en las instalaciones del Zoológico Parque La Pastora.
El Oso negro (Ursus americanus eremicus) se encuentra listado en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo la categoría de Especie en Peligro de Extinción (P), debido a que su población ha disminuido drásticamente poniendo en riesgo su viabilidad biológica en todo su hábitat, debido a factores tales como la destrucción o modificación drástica de su hábitat, aprovechamiento no sustentable, enfermedades o depredación entre otros, además de los conflictos generados por el humano.
La Ley General de Vida Silvestre (LGVS) sanciona con el decomiso definitivo del ejemplar, así como con una multa de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización, a quien incurra en faltas al trato digno y respetuoso de ejemplares de vida silvestre y en alguna categoría de riesgo.
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