Asegura PROFEPA 6 ejemplares de pericos comercializados ilegalmente en Navolato
* Los ejemplares fueron trasladados a la UMA el Apomito, en Culiacán, Sinaloa, para su depositaría temporal, así como para su valoración veterinaria y cuidados cuarentenarios.
Comunicado/Vale por México
2017-12-25 14:39:32
A+
a-
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 6 pericos silvestres que eran comercializados ilegalmente en la carretera Culiacán ? Navolato, frente al poblado Convención de Aguascalientes, Municipio de Navolato, Sinaloa


En recorridos de vigilancia, se detectó a una persona de sexo femenino sobre la citada rúa, quien tenía en posesión para su venta a 6 ejemplares de psitácidos: 5 pericos frente blanca (Amazona albifrons) y 1 perico frente naranja (Eupsittula canicularis).

La mujer, al percatarse de la presencia de los inspectores de la PROFEPA, se dio a la fuga al interior del poblado, dejando abandonadas las aves que comercializaba, por lo que se solicitó auxilio de la fuerza pública, pero no se logró ubicar a la responsable.

Tras la revisión física de los ejemplares, al percatarse de las condiciones delicadas de salud, con evidencias de faltas al trato digno y respetuoso, fueron trasladados a la UMA El Apomito, donde los veterinarios dictaminaron que se encontraban con un alto grado de estrés manifestado por vuelo activo y errático debido al hacinamiento al que fueron expuestos en pequeñas jaulas, recomendando que se le presten cuidados cuarentenarios para vigilar su desarrollo y así estar en la posibilidad de proceder, en su caso, a la liberación a su medio natural.

Los ejemplares de loro frente blanca (Amazona albifrons) y el perico frente naranja (Eupsittula canicularis) se encuentran listadas como especies Sujetas a Protección especial (Pr) en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010; además, estas especies se encuentra incluida en el Apéndice II de la CITES, en la cual su comercio a nivel internacional se encuentra prohibido.

Las sanciones administrativas previstas en la Ley General de Vida Silvestre para estas irregularidades corresponden a multas por el equivalente de 50 a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente; el delito ambiental sancionado por el Artículo 420 de Código Penal Federal, establece penas de uno a nueve años de prisión y multa por el equivalente de 300 a 3 mil Unidades de Medida y Actualización.

La PROFEPA exhorta al público en general a NO realizar la compra de aves silvestres ofertadas de manera irregular por vendedores y traficantes, ya que la venta de guacamayas, loros y pericos que se distribuyen de manera natural en México, están prohibidos por la Ley General de Vida Silvestre y enlistados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, prohibiendo su comercialización y posesión.

Asimismo, mantiene el combate frontal al tráfico de fauna y flora silvestre, en cada uno de los eslabones de la cadena ilegal, a fin de contribuir a la protección y preservación de la biodiversidad en México.
* Deja un comentario y no olvides compartir esta nota, es la única manera de mantener este proyecto de manera independiente.