PROFEPA asegura 4 felinos, 23 tortugas y un cocodrilo en predio de Hermosillo, Sonora
* La posesión de animales silvestre exige por ley contar con instalaciones seguras y aptas para su cuidado.
Redacción/Vale por México
2018-10-26 15:51:08
A+
a-
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) llevó a cabo el aseguramiento de 3 tigres, una leona, 23 tortugas terrestres, un lémur y un cocodrilo a un particular que no acreditó la legal procedencia y contar con el registro de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y plan de manejo para el cuidado y manutención de animales silvestres.


Inspectores de esta Procuraduría cumplimentaron orden de inspección en el predio donde se albergaban los animales ubicado en la colonia la Minita, del municipio de Hermosillo, Sonora; sin embargo ante la negativa del inspeccionado para llevar a cabo el aseguramiento de los animales se presentó denuncia ante la Delegación de la Procuraduría General de la República (PGR).

Mediante orden de cateo obsequiada por juez federal, la PROFEPA con apoyo de personal del Centro Ecológico de Sonora (CEDES) procedieron a la contención y manejo de los tres tigres de bengala, una leona y el cocodrilo, mismos que fueron trasladados para su cuidado al CEDES ubicado en la Ciudad de Hermosillo.

En estas labores se contó con el apoyo de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, después de haber obtenido una orden de cateo de parte de un Juez Federal, ante el riesgo inminente de no garantizarse la seguridad de la ciudadanía, incluidos los habitantes del predio.

En el sitio, los inspectores observaron que las instalaciones o albergues no contaban con las suficientes medidas de seguridad, por lo que aunado a no acreditarse la legal procedencia y carecer del registro de SEMARNAT y plan de manejo aprobado por la misma Secretaría, se procedió a dictar como medida el aseguramiento y retiro de los animales del predio.

Mediante la diligencia se evidenció que no se cuenta con las condiciones de estancia, alimentación, resguardo, contención y de seguridad para la sociedad civil, como lo establece la Ley General de Vida Silvestre (LGVS).

Asimismo, durante la inspección sólo se encontraron chips de identificación en dos de los tigres de bengala, el resto de los animales carecían del sistema de marcaje, por lo cual se confirmó la no acreditación de la legal procedencia.

El registro y plan de manejo son requisitos señalados en la Ley General de Vida Silvestre, a fin de garantizar el trato digno y respetuoso de los animales, así como velar por la seguridad civil y de respuesta adecuada a cualquier contingencia.

La sanción en materia administrativa por faltar al trato digno y respetuoso a ejemplares de la vida silvestre consiste en multa por el equivalente de 20 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización, acorde a la Ley General de Vida Silvestre.

Asimismo, el Código Penal Federal considera la pena de uno a cuatro años de prisión por la comisión de algún delito contra la gestión ambiental.
* Deja un comentario y no olvides compartir esta nota, es la única manera de mantener este proyecto de manera independiente.